Pago Y Beneficios

Tablas de pagos por separación militar involuntaria

jubilación militar

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Los militares que se separan involuntariamente de las fuerzas armadas pueden tener derecho a un pago por separación involuntaria (pago por despido). Para ser elegible, un militar debe tener seis años o más de servicio activo , y menos de 20 años.

Un miembro puede recibir el pago completo o la mitad dependiendo de las circunstancias:
Pago completo: para calificar para el pago completo, el miembro debe separarse involuntariamente, estar completamente calificado para la retención y el servicio debe caracterizarse como 'Honorable'. Ejemplos serían la separación debido a reducción de fuerza , o separación por exceder el año alto de antigüedad.

Media Suelda - Para calificar para la mitad de suelda, el miembro debe ser separado involuntariamente, con servicio caracterizado como Honorable o General (bajo condiciones honorables), y el motivo del despido debe ser bajo ciertas categorías. Los ejemplos serían el alta debido a que no cumple con los estándares de condición física/peso o la baja involuntaria debido a la paternidad.

Existen cuatro Programas de Pago por Separación Involuntaria

Beneficio Especial por Separación (SSB) - Durante la reducción del personal militar, el SSB a menudo se activará. En la década de 1990, el Beneficio de separación especial (SSB) se ofreció por última vez para atraer a los militares en servicio activo a dejar el servicio activo y se suspendió en 2001. El proceso es bastante básico y debe cumplir con todos los requisitos para ser elegible para la jubilación anticipada, ya que fue llamado:

- 6 años de servicio activo a partir de diciembre de 1991

- Sirvió en servicio activo por menos de 20 años

- Un mínimo de 5 años de servicio activo continuo al momento de la separación

- Estar en una tarifa o rango que fue superado.

El pago de SSB fue un pago único calculado multiplicando el salario base del último año de servicio por 15%. Luego multiplique por el número de años de servicio activo en el momento de su último día de servicio. Este pago se dio en el último día de los miembros en el ejército.

Incentivo de Separación Voluntaria (VSI) - El Incentivo de Separación Voluntaria es otro programa de retiro anticipado que se diferencia del SSB en que se paga en cuotas mensuales por el doble del tiempo de servicio. Este programa del Departamento de Defensa está diseñado para reducir cuidadosamente el tamaño de las Fuerzas Armadas a fin de no crear ningún desequilibrio en la capacidad y preparación de la misión. Este programa se usó por última vez en la década de 1990 y se detuvo inmediatamente después de los ataques del 11 de septiembre de 2001.

Los requisitos son los mismos en el SSB anterior.

Recibirá el pago mensual por un período de tiempo que es igual a dos veces el número total de años en el servicio. Por ejemplo, si tenía 10 años de servicio al momento de la separación, también recibiría un pago VSI anual por 20 años con años parciales prorrateados.

Pago de indemnización por discapacidad - El Departamento de Defensa y las ramas individuales pueden separar a un soldado en la Lista de Retiro por Incapacidad Temporal (TDRL). La separación puede ocurrir con derecho a indemnización por invalidez o sin él, según la gravedad o si las lesiones están relacionadas con el servicio. Debe cumplir con los siguientes requisitos para ser elegible para el Retiro por Incapacidad Temporal:

· ser declarado incapaz para el servicio,

· tener menos de 20 años de servicio,

· y tener una calificación de invalidez inferior al 30%.

Si fue dado de baja con esta indemnización por despido, no puede volver a incorporarse al servicio activo ni optar por solicitar la jubilación más adelante. Sin embargo, puede ser elegible para solicitar pagos mensuales de compensación por discapacidad del Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) si el VA determina que su discapacidad está relacionada con el servicio.

La indemnización por despido es un pago único. El pago de la suma global equivale a 2 meses de salario básico por cada año de servicio que incluye puntos de servicio activo y de servicio inactivo menores de 19 años. Además, el número mínimo de años requerido para el cómputo es de seis años por incapacidad contraída en el cumplimiento del deber en una zona de combate, o de 3 años en el caso de cualquier otro miembro.

Existen varios tipos de jubilación:

· Jubilación Ordinaria - Servir honorablemente durante 20 años o más en el servicio militar.

· Reserva de Jubilación - Sirviendo honorablemente durante 20 años o más en las Reservas/Guardia Nacional con servicio activo combinado opcional.

· Lista de Jubilación por Incapacidad Temporal - Los afiliados a la Lista de Jubilados por Incapacidad Temporal (TDRL) tienen físico discapacidades que los consideren impropio para el servicio militar. Sin embargo, la discapacidad no se ha estabilizado lo suficiente como para evaluar con precisión su grado de discapacidad permanente.

· Lista de Jubilación por Incapacidad Permanente - Si se determina que su discapacidad es permanente y tiene una calificación del 30 por ciento o más o si tiene 20 años o más de servicio.

· Autoridad Temporal de Retiro Anticipado - Bajo este programa (que no está en uso hoy en día), si tenía más de 15 años, pero menos de 20 años, de servicio activo total, podría solicitar la jubilación anticipada. Permitió que los militares ayudaran en la reducción después del final de la Guerra Fría.

Más información de www.dfas.mil

Separación militar involuntaria Tablas de pago a partir de 2016